2.3 Competencias y funciones

  • JUNTA GENERAL DE SOCIOS
  • ADMNISTRACIÓN SOCIAL

Competencias Junta General

  1. Es competencia de la Junta General deliberar y acordar sobre los siguientes asuntos:

(a) La censura de la gestión social, la aprobación de las cuentas anuales y la aplicación del resultado.

(b) El nombramiento y separación de los administradores, liquidadores y, en su case, de los auditores de cuentas, así como el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra cualquiera de ellos.

(c) Optar por los distintos Organizar la administración de la Sociedad previstos en el Artículo 23 de estos estatutos sin necesidad de la correspondiente modificación estatutaria.

(d) La autorización a los administradores pata el ejercicio, por cuenta propia o ajena, de cualquier tipo de actividad.

(e) La modificación de los estatutos sociales.

(t) El aumento y la reducción del capital social.

(g) La transformación, fusión y escisión de la Sociedad.

(h) La disolución de la Sociedad.

(i) Cualesquiera otros asuntos que determinen la ley o estos estatutos.

  1. Además, la Junta General podrá impartir instrucciones a la Administración Social o someter a autorización la adopción por dicho órgano de decisiones o acuerdos sobre determinados asuntos de gestión, sin perjuicio del ámbito de la representación de la Sociedad conferida por la ley a la Administración Social.

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